Los trámites de defunción que realizamos los ciudadanos en España cuentan con un proceso burocrático establecido en el que participan tanto los conocidos más apegados al difunto como los médicos encargados de elaborar el certificado de defunción. También intervendrán los trabajadores encargados de inscribir al fallecido en un registro público con el fin de aportar la licencia necesaria para realizar el entierro.
La función del trámite de defunción consiste en aportar información a un registro público en el que se gestionan esta clase de datos relacionados con la demografía española y sus ciudadanos. Al ser un momento complicado para los familiares y amigos del fallecido lo más recomendable será tener en cuenta todo lo necesario para realizar el proceso de una manera rápida y evitar preocupaciones relacionadas con cualquiera de los trámites de defunción necesarios.
Documentos de una defunción
Dentro del trámite de defunción existen ciertos documentos que, a través de un proceso burocrático, habremos de conseguir en el momento de fallecimiento de un conocido o ser querido. Para poder organizar y establecer el entierro de un fallecido requeriremos de dos documentos concretos:
Será necesario inscribir al difunto en el registro civil Español para poder obtener una licencia de entierro. Es recomendable tenerlo en cuenta para intentar agilizar este proceso de la manera más rápida posible y elaborar el funeral sin preocupaciones ni retrasos por asuntos burocráticos.
Este documento será elaborado por el médico encargado del tratamiento de la persona fallecida. Suele ser entregado poco después de la defunción del paciente.
Certificado de últimas voluntades
El certificado de las últimas voluntades del difunto será imprescindible para respetar los deseos del fallecido. Este documento administrativo informa acerca de si el difunto ha realizado un testamento de manera previa a su muerte y, en caso de haberlo elaborado, dónde se hizo y cuándo. La declaración de los herederos será aplicada en caso de que no haya sido registrado un testamento, por lo que también habrá que tenerlo en cuenta.
Es posible solicitar este certificado tanto de manera online como física (en caso de disponer de certificado digital). Para ello será necesaria la presentación de una documentación concreta y el pago de una tasa establecida. Es muy importante saber que habrá que esperar 15 días hábiles a partir del momento de fallecimiento del difunto para tramitarse.
Inscripción del fallecimiento en el registro civil
Como hemos explicado anteriormente será necesario realizar la inscripción del fallecido en el registro civil Español para poder adquirir la licencia que permita elaborar el entierro del fallecido. Es posible realizar este registro independientemente del día y hora del año en el que se produzca la defunción, puesto que es considerado como un trámite legal urgente y debe realizarse en las 24h posteriores al fallecimiento de la persona.
En el registro será necesario rellenar una inscripción en la que se podrán encontrar los campos que expondremos a continuación:
- Nombre y apellidos
- Estado civil del fallecido
- Inscripción de su nacimiento
- Nombres de sus padres
- Nacionalidad del difunto
- Lugar, día y hora de la defunción
- Domicilio
- Lugar en el que se enterrará
El seguro de decesos
Un seguro de decesos consiste en un tipo de contrato que asegura una atención especializada con el fin de organizar los servicios funerarios que requiera el asegurado en el momento de su muerte. Al contratar un seguro de decesos la aseguradora asumirá los gastos del entierro (o incineración), algunos de los servicios funerarios y posiblemente parte de algunos trámites de esta índole.
El seguro ha de brindar apoyo a los familiares del difunto tanto a nivel emocional como en la tramitación y gestión del proceso legal a seguir. Cualquier residente en España cuenta con la posibilidad de contratar un seguro de este tipo en el momento que lo necesite.